 Johnnson Guiñez Núñez, Alcalde de la comuna de Pemuco.
Johnnson Guiñez Núñez, Alcalde de la comuna de Pemuco.
¿Cuáles son sus funciones?
El alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y le corresponde la dirección, administración y supervigilancia de su funcionamiento. A la municipalidad le corresponde la administración local de cada comuna o agrupación de comunas.
El alcalde puede proceder en algunas instancias con o sin acuerdo del concejo, a continuación se muestran algunos ejemplos de las atribuciones del Alcalde en las que no necesitan aprobación del concejo y en las que si.
Atribuciones del Alcalde en que no necesita acuerdo del Concejo:
- Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad.
- Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad.
- Velar por la probidad administrativa dentro del municipio.
- Administrar los recursos financieros de la municipalidad.
- Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan.
- Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales;
- Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda;
- Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna;
- Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el Consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil;
- Someter a plebiscito las materias de administración local.
Entre varias otras atribuciones que menciona la Ley de Municipalidades.
Atribuciones del Alcalde en que necesita acuerdo previo del Concejo:
Deberá presentar a la aprobación del Concejo Municipal:
- el plan comunal de desarrollo.
- el presupuesto municipal.
- el plan regulador.
- las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión.
- las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
Entre otras atribuciones que menciona la Ley de Municipalidades.
Cuenta pública
Además, el alcalde tiene la obligación de dar cuenta pública al Concejo Municipal una vez al año. Debe rendirla a más tardar en el mes de abril de cada año y estar referida a la gestión municipal del año inmediatamente anterior. La cuenta se efectúa mediante informe escrito que debe estar a disposición de cualquier ciudadano.
Fono directo: 42 2259500 y 42 2259502
Correo electrónico: alcaldia@munipemuco.cl
Fuente: BCN
 
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